El TSXG reconoce el derecho al paro de una empleada del hogar de Galicia pese a no cotizar
La sentencia aplica la perspectiva de género y la normativa de la Unión Europea ante la "imposibilidad legal discriminatoria" de un sector "fuertemente feminizado"
30 octubre, 2023 15:22El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha emitido una sentencia "pionera en España", según aseguran desde el alto tribunal. La resolución reconoce el derecho de una empleada del hogar a recibir la prestación de desempleo, pese a que en el momento de pedirla la ley no lo contemplaba. Finalmente, el TSXG ha dado la razón a la mujer tras aplicar la perspectiva de género y una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En la resolución se explica que mujer había pedido el subsidio en un momento en el que su aprobación sería "contraria a la normativa comunitaria". Esta trabajadora estaba afiliada al Sistema Especial para Empleados del Hogar y había cotizado 2.361 días y solo 2 en el de la Seguridad Social. Por ello, en primera instancia no tendría porque recibir la ayuda al desempleo aunque un mes después entrase en vigor el Real Decreto Ley 16/2022 que habría cambiado la dirección de la sentencia.
En la sentencia precisamente se hace referencia a la aplicación de la perspectiva de género al anotar que el sector al que pertenece la demandante está "fuertemente feminizado, pues las mujeres representan el 95,53 % del total”. El TSXG ha entendido que tras la aprobación del nuevo decreto se puso fin a esa situación de discriminación “dejando en la misma –e idéntica- situación anterior a las eventuales prestaciones causadas con anterioridad”.
En el mismo documento el TSXG hace referencia a la jurisprudencia del Tribunal de la Justicia de la Unión Europea. Tal órgano, indica la sentencia, obligan a amparar a las personas de ese colectivo "cuando la pérdida de su empleo se haya producido con anterioridad al nuevo régimen y estén desprotegidas”. Todo ello lleva a los jueces del TSXG a reconocer el derecho de la afectada a la prestación de desempleo, “pese a que no ha cotizado por ella –debido a la imposibilidad legal, discriminatoria-”.
En febrero de 2022 el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Vigo emitió una sentencia pionera similar. En ella se aplicaba la doctrina que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció en una sentencia del pasado 24 de febrero, según la cual la normativa española que excluye de las prestaciones por desempleo a las empleadas de hogar es contraria al Derecho de la Unión.