Edificio de la Consellería de Sanidade y Servizo Galego de Saúde (Sergas).

Edificio de la Consellería de Sanidade y Servizo Galego de Saúde (Sergas).

Galicia

El Sergas pagará desde este sábado el alojamiento a los pacientes que tengan que desplazarse

También hará frente a los gastos de desplazamientos y manutención . Las solicitudes de estas ayudas, de las que también se pueden beneficiar acompañantes de los dolientes, se presentarán en el plazo de un año

16 febrero, 2024 18:50

El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha publicado este viernes la orden de la Consellería de Sanidade que regula el procedimiento para compensar gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención a aquellos pacientes que deben ser trasladados por motivos diagnósticos o terapéuticos, pero sin emplear medios ordinarios del sistema sanitario como la ambulancia.

Según destaca la Xunta, la orden –que entra en vigor este sábado– actualiza las cuantías y se amplían los supuestos compensables, ya que antes no se incluía ni el hospedaje ni la manutención. También se contemplan las ayudas para un acompañante de los dolientes.

Tendrán derecho a la subvención las personas usuarias que dispongan de tarjeta sanitaria del Servizo Galego de Saúde (Sergas) y que hayan autorizado el desplazamiento a otro centro sanitario con fines asistenciales por criterio médico.

De este modo, se compensarán, según los supuestos previstos: por un lado, los gastos por desplazamientos que se produzcan por diagnóstico o tratamiento dentro del área sanitaria y, por otro, los ocasionados por desplazamiento, mantenimiento y alojamiento que se produzcan por diagnóstico o tratamiento fuera del área sanitaria, de Galicia o de España.

El plazo de presentación de solicitudes, que se harán en la sede electrónica de la Xunta, será de un año a partir del desplazamiento y se dirigirá a la Xerencia del Área Sanitaria de referencia.