"Yo nunca me había dedicado a la apicultura, pero un amigo me dijo un día que le habían robado los panales y no sabía qué hacer. Entonces, le dije que me dejase un traje y una espátula, que yo las encontraba. Fui buscando por el campo, en un radio de diez kilómetros, hasta que tras varias horas las recuperé. Después compré cuatro colmenas, fui aprendiendo y poco a poco empezó a gustarme. El problema vino cuando pedí ser apicultor y guardia civil al mismo tiempo, me lo denegaron y tuve que dejarlo".
Quien habla es José P. (40). Este agente, destinado en el Puesto de Jabugo de la Comandancia de Huelva, descubrió en 2012 que la cría de abejas para conseguir miel era su pasión. Lo que empezó como un hobby, más tarde se convirtió en un posible segundo empleo. Así que antes de llevarlo a cabo, en 2018, este extremeño solicitó a la Guardia Civil compatibilizar su trabajo como funcionario con la actividad de apicultor, pero el subdirector general de Recursos Humanos e Inspección del Ministerio del Interior se lo denegó.
Tras esto, el guardia civil inició una batalla legal contra la Administración e interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la Benemérita, con la ayuda de su abogada, Silvia Domínguez (SDG Abogados). Ahora, un año después, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) le ha dado la razón y José está más cerca de regresar a sus panales. "Es una victoria, pero algo agridulce, hasta que que no haya sentencia firme no puedo volver a trabajar con las abejas", sostiene este agente, en conversación con EL ESPAÑOL.
En un principio, el Ministerio le denegó la compatibilidad, haciendo referencia al complemento específico que recibía, a su jornada y horario. En el escrito, explicaban que José tenía que estar "disponible permanentemente pudiendo ser requerido en cualquier momento". En cuanto a la actividad que deseaba realizar por cuenta propia, la Guardia Civil apuntaba que "guardaba relación directa con las funciones que realizaba en su destino".
La clave del 30%
Respecto a dicho complemento, según el departamento de Interior, José estaba recibiendo una compensación que superaba ampliamente el límite del 30% de sus retribuciones básicas. Es decir, ese plus superaba el treinta por ciento de su sueldo. De este modo, siempre a juicio de la Administración, si el complemento superaba dicho límite, no procedía el reconocimiento de la compatibilidad.
Además, ese complemento de "especial dedicación" se subdivide en dos. Por una parte, el componente de singular dedicación, que supone la misma cuantía para todos los miembros de la Guardia Civil. Y el de plena dedicación, que remunera solo al personal que ocupaba puestos determinados y tiene una responsabilidad especial. Y, según la Administración, el agente percibía ambos.
Por su parte, este guardia civil extremeño, —que pertenece a la Asociación Profesional de Cabos de la Guardia Civil (APC)— siempre justificó que la cría de abejas se produciría en su tiempo libre, sin que afectase a su jornada ni responsabilidades como guardia civil. En este sentido, la defensa también argumentó que "el ejercicio del trabajo como apicultor no quedaba encuadrado, en ningún caso, dentro de las prohibiciones establecidas por la ley", y por tanto la incompatibilidad no tenía lugar.
Frente a lo que alegó el Ministerio de Interior, los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM dieron la razón finalmente a José P. En el fallo, al que ha tenido acceso este periódico, el tribunal sostiene que "el complemento singular del complemento específico no supera el techo del 30% de su retribución básica".
La clave de la cuestión residía en si el guardia civil superaba el 30% de sus retribuciones básicas en el complemento singular del complemento específico, y no en el complemento específico total —que, recuerden, se subdividía en dos—, como había argumentado la Administración.
La reducción del sueldo
De este modo, el Tribunal Superior de Justicia rechaza los argumentos de Interior, al no superar este guardia civil ese porcentaje que establece la legislación para no permitir actividades privadas a los guardias civiles que cobran ese complemento". Así, una vez haya sentencia firme, este agente extremeño podrá compatibilizar su trabajo como guardia civil con la apicultura.
Los magistrados apuntan, entre tanto, que si José P. hubiese superado este complemento, la Guardia Civil debería haberle dado la opción de acogerse a la reducción, a petición propia, del complemento específico de los funcionarios de la Administración General del Estado, y de esta forma cumplir los requisitos para poder compatibilizar dos trabajos.
Lo que sí remarca la sentencia es que el agente podrá desempeñar su segundo oficio siempre que no afecte a asuntos relacionados que desarrolle el cuerpo de la Guardia Civil. Es decir, operaciones o investigaciones en torno a la apicultura. Además, los magistrados insisten en que la compatibilidad será factible siempre y cuando cumpla con los deberes de su puesto como agente, poniendo énfasis en el estricto cumplimiento del horario asignado.
Con todo, el TSJM condena a la Administración al reconocimiento de la compatibilidad de la función pública del recurrente con el ejercicio de la actividad privada de la apicultura, y además le impone a Interior la condena de satisfacer las costas del juicio hasta el límite de 400 euros.