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Región NACE LA COMISIÓN DE ÉTICA PÚBLICA

Cuatro personas vigilarán la buena conducta de los altos cargos en Castilla-La Mancha

26 febrero, 2018 00:00

La Comisión de Ética Pública de Castilla-La Mancha, creada por el Código Ético de Castilla-La Mancha, estará formada por cuatro personas y podría proponer el cese de altos cargos, según consta en el decreto aprobado por el Consejo de Gobierno esta semana que da luz verde a este Código.

En concreto, según el decreto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Comisión, "órgano encargado de velar por el cumplimiento del Código Ético por sus destinatarios", estará constituida por el titular del órgano competente en materia de buen gobierno (en estos momentos el vicepresidente primero, José Luis Martínez Guijarro), que actuará como presidente del mismo.

A él se unirán tres vocales que serán designadas por el Consejo de Gobierno de entre personas que cuenten con "acreditada experiencia en materias relacionadas con la ética, el derecho o la gobernanza de organizaciones".

Asimismo, la Comisión de Ética Pública tendrá la "importante función" de que en el caso de apertura de un procedimiento jurisdiccional penal que afecte a alguna de las personas adheridas al Código Ético, "plantee la adopción de las medidas de carácter no sancionador, que resulten más adecuadas entre las que podría encontrarse la propuesta de cese".

Canales de consultas, reclamaciones y denuncias

Además de esta Comisión de Ética Pública, el Código Ético de altos cargos de Castilla-La Mancha regula un procedimiento de adhesión al Código por parte de los altos cargos, un procedimiento de evaluación del cumplimiento del Código y establece canales de consultas, reclamaciones y denuncias.

Con todo, en el decreto no sólo se aprueba una serie de principios y pautas de actuación, el Código Ético en sentido estricto, "sino que también se regulan una serie de elementos que ayuden a garantizar su cumplimiento, y en el caso contrario, garantizar la asunción de responsabilidades por la persona responsable de su incumplimiento".

"De manera que el Código no tenga solo un valor declarativo", lo que supone para el Gobierno regional uno de los "aspectos distintivos" del decreto que se aprueba con respecto a otras regulaciones establecidas por otras administraciones publicas, "que sólo establecen el contenido del código, pero no establecen mecanismos de control".

Destinatarios y valores

Los destinatarios del Código Ético, según el artículo 3 del decreto, son los miembros del Gobierno, las personas titulares de las direcciones generales, secretarias generales técnicas y secretarías generales de las Consejerías y asimiladas y las personas titulares de órganos directivos o de apoyo de la Administración de la Junta y sus organismos autónomos.

"Aunque la disposición adicional segunda, prevé que hasta que se aprueben los correspondientes códigos éticos específicos en el resto de entidades del sector público regional, los altos cargos o asimilados de los mismos podrán también adherirse individualmente" al mismo, reza el decreto.

De su lado, los valores y principios sobre los que se basa el Código Ético se resumen en ocho puntos, como son el respeto del principio de igualdad y no discriminación, y en particular el de igualdad de género; y la plena dedicación al servicio público y la ejemplaridad en su desempeño.

También comprende la objetividad, imparcialidad, integridad y profesionalidad en el desempeño de las actividades públicas; y el uso adecuado y responsable de los recursos públicos bajo el principio de la austeridad, sostenibilidad y racionalización del gasto.

Un paso más hacia la transparencia

El liderazgo en el ejercicio de sus funciones es otro de los valores, al que se une la implicación y el esfuerzo permanente de mejora en la prestación de los servicios públicos que gestiona y la transparencia en la gestión de los asuntos de su competencia así como la rendición de cuentas de sus actuaciones ante la ciudadanía.

Finalmente, comprende el compromiso con el impulso del gobierno abierto potenciando los instrumentos necesarios para garantizar la participación de los ciudadanos en el diseño de las políticas públicas.

En base a estos valores, el decreto concreta comportamientos y estándares de conducta, como que los altos cargos no admitirán de personas o entidades públicas o privadas ningún tipo de donaciones o regalos de cualquier clase, "más allá de los relativos a los usos habituales o a la cortesía".

"Sólo se aceptará el pago por parte de terceros de los gastos de desplazamiento, estancia y manutención, por actos derivados del ejercicio del cargo, cuando las personas destinatarias del Código Ético deban asistir invitadas oficialmente por parte de instituciones privadas, públicas o entidades dependientes de éstas, a una reunión, jornada, congreso u otra actividad de índole protocolaria, convocadas en materias relacionadas con su ámbito de responsabilidad", añade.

No aceptarán percepciones dinerarias o en especie

Del mismo modo, los altos cargos, no aceptarán percepciones dinerarias o en especie por su participación en congresos, jornadas, seminarios, conferencias o medios de comunicación y la programación y realización de desplazamientos en el ejercicio del cargo "se deben regir por los principios de necesidad y de austeridad".

Así, los vehículos oficiales u otros de titularidad pública, o aquellos cuyo coste se impute al presupuesto de la Junta, se deberán utilizar "sólo por motivos relacionados con las responsabilidades y las finalidades del cargo, atendiendo a criterios de necesidad y proporcionalidad".

Para los desplazamientos en transporte público deberán adquirir los billetes con la máxima antelación posible y buscando las tarifas más económicas disponibles y deberán aplicarse criterios restrictivos con respecto al número de personas a desplazar, "evitando desplazamientos innecesarios de equipos de trabajo".

En materia de gastos de transporte, alojamiento y de manutención, tienen derecho a ser indemnizados por la cuantía exacta de los gastos realizados en el ejercicio de las responsabilidades de su cargo, "siempre previa justificación documental y se limitará al máximo el tiempo de estancia para ajustarlo al del acontecimiento que lo ha motivado".

Declaraciones de bienes

Los cargos públicos obligados a presentar declaraciones de bienes, rentas y actividades de acuerdo con la normativa aplicable, consienten, con la adhesión a este Código, que se publiquen en el Portal de Transparencia los datos contenidos en tales declaraciones, y a presentar en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha sus declaraciones fiscales por el impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Finalmente, se deberá dar publicidad en sus agendas de trabajo de las reuniones que mantengan con las personas representantes de los Grupos de Interés y tendrán el compromiso de presentar un currículo académico y profesional completo y veraz a efectos de su publicación en el Portal de Transparencia.