El TS investiga si la jueza de Podemos paró una causa para favorecer a su pareja
El Supremo acuerda abrir una causa contra Victoria Rosell para investigar si paralizó intencionadamente la tramitación de unas diligencias contra un empresario de Canarias.
26 abril, 2016 13:11Noticias relacionadas
La Sala ha admitido a trámite la querella que interpuso el ex ministro Jose Manuel Soria contra la diputada de Podemos Victoria Rosell por delitos de retardo malicioso en la administración de justicia, prevaricación y cohecho. La iniciación de la causa contra Rosell conlleva su citación en calidad de investigada (actual denominación de los imputados), y permanecerá en el Supremo incluso si se produjera la disolución de las Cortes porque Rosell forma parte de la Diputación Permanente del Congreso. El magistrado que deberá llamarla a declarar es Juan Ramón Berdugo, designado instructor de la causa.
La Sala adopta la decisión de investigar los hechos relacionados con la demora en la tramitación de las diligencias previas núm 644/2014, de las que se encargaba Rosell cuando era titular del juzgado numero 8 de Las Palmas. En esas diligencias se investiga al empresario Miguel Ángel Ramirez por supuestos fraudes fiscales y a la Seguridad Social. Carlos Sosa, pareja de Rosell, tiene relaciones comerciales y financieras con Ramírez desde 2003, según ha declarado el empresario, que preside la Unión Deportiva Las Palmas.
Una vez que los magistrados han recabado la documentación que consideraban oportuna para determinar su propia competencia así como la relevancia penal de los hechos, ahora explican en su auto de admisión que se tendrán que practicar las diligencias necesarias con el fin de concluir o descartar si la demora en la tramitación " estuvo relacionada con el deseo de favorecer las relaciones comerciales entre Carlos Sosa- persona con la que Rosell convive y mantiene una relación afectiva- y Miguel Ángel Ramirez".
El auto, ponencia del presidente de la Sala, Manuel Marchena, explica que la fase de investigación que ahora comienza deberá dilucidar si las distintas resoluciones dictadas en el marco de aquellas diligencias, más allá de su cobertura formal, incluso de su aparente procedencia, " no eran sino el vehículo para la consecución del objetivo de Rosell, que según él querellante, buscaba enriquecer a su pareja".
En definitiva, según la Sala, se trata de afirmar o excluir si bajo la dilatada tramitación de aquel proceso se escondía un distanciamiento tal del principio de imparcialidad que las decisiones adoptadas " no habrían sido sino una coartada llamada a camuflar el irreparable quebranto de los principios y deberes estatuarios que legítiman el ejercicio de la función jurisdiccional".
El auto de la Sala se basa además de en la querella, en los documentos solicitados por la Sala, como el informe remitido por el promotor de la Acción Disciplinaria, cronológicamente anterior a los nuevos datos aportados en la ampliación de la querella, así como los testimonios de la declaración prestada por Miguel Ángel Ramirez, en la que se aludió a la existencia de pagos continuados a Carlos Sosa, hechos por los que se investigará un delito de cohecho.
La Sala ha inadmitido los otros dos delitos de injurias y calumnias que figuraban en la querella de Soria al valorar que la expresiones vertidas por Rosell contra Soria venían amparadas por la libertad de expresión que prevalece sobre el honor o dignidad, en especial cuando los afectados son titulares de cargos públicos.