Diferentes vestimentas junto a un sobre de votación

Diferentes vestimentas junto a un sobre de votación Diseño: Arte EE

Política

¿Con qué ropa no puedes ir a votar en las elecciones catalanas? Esto es lo que dice la ley para este 12-M

A muchas personas les ha surgido la duda de qué atuendo pueden llevar y cuál no cuando este domingo ejerzan su derecho al voto en las catalanas.

11 mayo, 2024 19:01

Este domingo llegan las elecciones catalanas que decidirán el futuro de la región y, en parte, también de España durante los próximos años. Salvador Illa, Pere Aragonès y Carles Puigdemont se disputarán la presidencia de la Generalitat junto con el resto de candidatos. Los resultados se conocerán una vez hayan cerrado los colegios electorales. 

Una cuestión que ha dado que hablar en los últimos días alrededor de estas elecciones de este domingo 12 de mayo es cómo podemos ir a votar en relación a la vestimenta, ya que ha surgido mucha polémica con los últimos anuncios que ha realizado la Junta Electoral. Hay que recordar que en las últimas elecciones generales del 23-J se prohibió a cualquier elector acudir a las urnas con camisetas que llevaran impreso el mensaje viral de ¡que te vote Txapote!

El motivo de que este lema, o cualquier otro, no pueda aparecer en una camiseta es el que figura en el artículo 93 de la ley electoral, el cual indica que en los días de votaciones no se pueda estar en los colegios electorales, ni en las inmediaciones de estos, con "propaganda electoral de ningún género". De esta forma, se considera que estas camisetas incumplirían este precepto. La ley electoral también indica que "tampoco pueden formarse grupos susceptibles de entorpecer, de cualquier manera que sea, el acceso a los locales de votación". 

¿Qué ropa no se puede llevar puesto cuando se va a votar?

Aunque parezca una pregunta sorprendente, la respuesta es muy sencilla. No se puede realizar ninguna manifestación política a la hora de ejercer el derecho al voto. Por lo tanto, habría que evitar cualquier elemento que incluya un mensaje de este tipo. Para este 12 de mayo no estarán permitidas las prendas que sirvan de "propaganda electoral" ni que incluyan logos o letras relacionadas con partidos políticos ni tampoco frases que inciten al voto a otras personas. Esto puede llegar a suponer hasta un delito. 

Llevar, por ejemplo, una camiseta de un partido político o con algún tipo de logo puede acarrear incluso una pena de cárcel de hasta un año. Esto es así porque se incumple el artículo 144 de la ley electoral, el cual recoge los delitos en materia de propaganda electoral.

Una mujer luce una camiseta con el lema 'Que te vote Txapote' en un acto electoral de Santiago Abascal en Valencia.

Una mujer luce una camiseta con el lema 'Que te vote Txapote' en un acto electoral de Santiago Abascal en Valencia. Efe

Las penas en este caso van desde los tres meses hasta el año y una multa de seis a veinticuatro meses para "actos de propaganda una vez ha finalizado el plazo de la campaña electoral" y para los que infrinjan "las normas legales en materia de carteles electorales y espacios reservados de los mismos, así como las normas relativas a las reuniones y otros actos públicos de propaganda". En estas generales, el plazo electoral finalizó este viernes 10 de mayo. 

En el caso del famoso lema Que te vote Txapote, todo surgió a raíz de una pregunta realizada por la Comisaría Provincial de Jaén, la cual llevó a la Junta Electoral a expresar lo siguiente a través de un comunicado: "La utilización de camisetas que incorporen el lema Que te vote Txapote deben incluirse en la prohibición establecida en el artículo 93 [de la ley electoral]. Se podrán requerir el auxilio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para hacer efectiva esa prohibición. 

[El pueblo de Barcelona donde Vox ganó al independentismo en las elecciones catalanas 2021]

Un ejemplo muy llamativo, y reciente, respecto a esta cuestión, se produjo en las pasadas elecciones generales y autonómicas del 28 de mayo. La Junta Electoral de Valencia ordenó a los apoderados de Vox que retiraran de sus identificaciones la bandera de España.

En ese caso, el organismo consideró que suponían una "instrumentalización" de la enseña nacional. Así pues, en algunos casos no hace ni siquiera falta que estos símbolos hagan referencia expresa a un partido político o idea o que aparezcan en la ropa de los electores.