El Gobierno adelantará a las gasolineras el coste de la rebaja de los combustibles
Todos los perceptores del ingreso mínimo vital (IMV) tendrán derecho al bono social energético.
30 marzo, 2022 02:43Noticias relacionadas
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El Consejo de Ministros ya ha aprobado el esperado el real decreto-ley que recoge numerosas medidas para atenuar el impacto económico de la guerra en Ucrania. Entre ellas, la más esperada es la rebaja de 0,20 céntimos por litro de carburante para conductores y transportistas por carretera, medida que se comenzará a aplicar el próximo viernes y que durará hasta el 30 de junio.
Sin embargo, el sector de las gasolineras y surtidores automáticos ha rechazado la propuesta, puesto que podría suponerles tener que adelantar el coste de la medida. Pero fuentes del Gobierno aseguran que no tienen nada que temer. El Ministerio de Hacienda les adelantará las cantidades que les correspondan a las gasolineras.
La iniciativa tendrá un coste (según los técnicos del Ministerio de Hacienda) de 1.894 millones de euros, de los que 1.420 millones corresponden al Gobierno. Los 473 restantes deberán ser abonados por las propias petroleras.
Eso sí: para que las gasolineras reciban el adelanto, tendrán que adelantarse y pedirlo. Primero, tendrán que registrarse como colaboradores en la gestión de la bonificación. Solo podrán hacerlo aquellos que ostenten la titularidad de los derechos de explotación de las instalaciones de suministro de combustibles y carburantes al por menor, así como las empresas que realicen las ventas directas a los consumidores finales de los productos objeto de bonificación.
Estos operadores podrán solicitar, antes del 15 de abril de 2022, a la Agencia Tributaria (AEAT) un anticipo a cuenta para sufragar la bonificación de 15 céntimos por litro de combustible que aplicará el Estado.
Límites de fondos
Hacienda, para decidir, cuántos fondos entregar a cada gasolinera, recurrirá a 2021. Pagará el 90% del volumen medio mensual de los productos incluidos en el ámbito objetivo de esta bonificación vendidos por cada estación (o empresa) el año pasado, de acuerdo con lo reportado al censo de empresas que realizan ventas directas a consumidores finales.
Con todo, el anticipo tiene límites: no podrá ser superior a los dos millones de euros ni inferior a los 1.000 euros. Así mismo, es compatible con las ayudas directas para empresarios o profesionales especialmente afectados por la subida del precio de los carburantes.
Por otro lado, desde el Gobierno aseguran que se prestará atención a evitar prácticas fraudulentas en la rebaja a los combustibles. Se confía en la labor de supervisión la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
La 'letra pequeña' del real decreto-ley incluye también otras novedades, en este caso en el campo del ingreso mínimo vital (IMV). No es solo que esta prestación aumente (sube un 15%), sino que todos los que la perciban tendrán acceso al bono social eléctrico.
Además, el bono social eléctrico ya no se percibirá por familia u hogar, sino que se utilizará la misma medida que el ingreso mínimo vital (IMV), por unidad de convivencia. ¿Qué significa esto? Que se abre la puerta a que haya diferentes perceptores del bono social dentro de un mismo hogar. Algo que está pensado especialmente para los pisos compartidos.
Al incluir a los perceptores del IMV, los hogares que reciben el bono social eléctrico crecerán en 600.000 familias y beneficiará a 1,9 millones de hogares. Además, el real decreto-ley prevé la renovación automática del bono social. Los descuentos del 60% y el 70% para los consumidores vulnerables y los vulnerables severos (respectivamente) se mantendrán hasta el 30 de junio.
Las carencias, limitadas
El plan del Gobierno incluye también la posibilidad de que las empresas de los sectores más afectados por los elevados precios de la energía pidan un nuevo periodo de carencia (seis meses) para sus préstamos ICO. Es decir, una extensión del periodo de gracia durante el cual solo están obligadas a pagar los intereses del préstamo, pero no tienen que comenzar a devolver el capital.
Eso sí, esta opción se limitará a las compañías de los sectores agrario, ganadero, pesquero y de transporte por carretera, los más afectados por los altos precios de la energía. Y solo podrán solicitarlo las pymes y los autónomos, que son los que el Gobierno considera que están sufriendo más esta situación.
Esto implica que las empresas del resto de sectores, como el turístico -en el que la gran mayoría no ha recuperado el nivel de actividad previo a la pandemia-, no podrán solicitar estas carencias.
Esta medida se pondrá en marcha en el marco del Código de Buenas Prácticas al que la gran mayoría de la banca se suscribió hace meses y que contempla tres vías de reestructuración de la deuda para aquellas empresas que no puedan devolver el crédito: ampliar los vencimientos, convertirlos en préstamos participativos y aplicar quitas de deuda.
Número de empresas
También en el marco del Código se amplía el número de empresas que pueden pedir una extensión del vencimiento del crédito. Hasta ahora debían demostrar que su facturación cayó en 2020 al menos un 30% y a partir de ahora este requisito se elimina, de forma que serán muchas más compañías las que puedan acogerse a esta medida.
A este Código se adhirió la mayoría de la banca hace meses, si bien ahora las entidades tienen quince días para confirmar si aceptan estas nuevas condiciones o no.
De esta forma, las nuevas carencias técnicamente no serán obligatorias para los bancos, si bien terminarán aplicándolas dado que prácticamente todos suscribieron este documento. Un Código que de momento, como ya contó EL ESPAÑOL-Invertia, apenas se está utilizando.