
Hombre en clases marciales.
'Cazado' por un detective privado: un empleado es despedido y acusado de fraude por fingir una enfermedad
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia sentenció que la empresa podía despedirlo al ir en contra de lo dictado en su baja médica.
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La historia comienza cuando un hombre que trabajaba en una fábrica en Murcia con contrato indefinido solicitó una baja médica por ansiedad. Su médico se la concedió, pero la empresa inició una investigación sobre la situación.
Tras contratar a un detective privado, se descubrió que el empleado, mientras estaba de baja temporal por ansiedad, trabajaba como encargado e instructor en un gimnasio de artes marciales. Al enterarse de esto, la empresa despidió al empleado por "transgresión de la buena fe contractual y deslealtad".
Ante esta situación, el trabajador decidió demandar a la empresa, lo que llevó el caso al Juzgado, que desestimó dicha demanda. Posteriormente, el hombre recurrió esta decisión, y el caso terminó en el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
Despido por transgresión de la buena fe
Para entender la demanda del trabajador, es importante conocer el significado de un despido por transgresión de la buena fe contractual y deslealtad.
Este tipo de despidos ocurren cuando un trabajador adopta una actitud o comportamiento que provoca la pérdida de confianza de la empresa en él. En este caso, el hecho de que continuara trabajando a pesar de estar en situación de incapacidad temporal constituye lo que la ley define como el "desarrollo de actividades incompatibles con la baja laboral".
Algunas características de este tipo de despidos son su inmediatez, es decir, no requieren preaviso, y la falta de derecho a indemnización por parte del trabajador.
Si el trabajador no está de acuerdo con esta decisión, puede interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social correspondiente, como hizo el hombre en este caso. Alegó que su actividad como instructor de gimnasio estaba en línea con las recomendaciones médicas que había recibido.
Decisión del TSJ
El Tribunal Superior de Justicia analizó la situación con el objetivo de determinar si las actividades realizadas por el trabajador durante su baja constituían una falta grave que justificara su despido.
Por otro lado, también se consideró si dichas actividades podían agravar su estado de salud, lo que resultaría perjudicial para la empresa, ya que podría prolongar su periodo de recuperación.
El trabajador se encontraba de baja por ansiedad con un diagnóstico de trastorno de pánico. La recomendación médica era "mantener hobbies, actividades sociales y de relajación, evitando el aislamiento social y el sedentarismo en el domicilio".
El Tribunal recordó que no cualquier actividad realizada durante la baja médica es causa justificativa de despido. El límite entre una actividad permitida y una falta grave radica en si esta retrasa la recuperación del trabajador o demuestra que está en condiciones de trabajar y, por lo tanto, está fingiendo su enfermedad.
Asimismo, trabajar para otra empresa o por cuenta propia mientras se está de baja también constituye una ruptura de la confianza con el empleador.
Tras analizar todas las pruebas presentadas tanto por la empresa como por el demandante, el TSJ concluyó que, en efecto, las actividades del trabajador como encargado e instructor de un gimnasio perjudicaban su recuperación y, además, demostraban que estaba en condiciones de trabajar, lo que suponía un fraude para la Seguridad Social y para la empresa.
Los magistrados también destacaron que el hombre no solo trabajaba como instructor de artes marciales, sino que también era fundador y encargado del centro. Es decir, realizaba dos actividades durante su baja médica: instructor y gerente del gimnasio.
Finalmente, el Tribunal Superior concluyó que, aunque las clases de artes marciales podrían haberse considerado un hobbie acorde con las recomendaciones médicas, el hecho de impartirlas en un centro del que era responsable y recibir una remuneración por ello sí constituía una conducta grave. Por este motivo, se ratificó la validez del despido.