La alcaldesa de Burgos, Cristina Ayala, durante una intervención ante los medios.

La alcaldesa de Burgos, Cristina Ayala, durante una intervención ante los medios. Ricardo Ordóñez ICAL

Burgos

Cristina Ayala participará en la manifestación del Orgullo LGTBI pero no colocará la bandera en el Ayuntamiento

El equipo de Gobierno avanza que este mandato se respetará la legislación vigente que prohíbe la colocación de insignias no oficiales en las construcciones de titularidad pública

27 junio, 2023 15:31

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La alcaldesa de Burgos, Cristina Ayala, junto a la concejal de Servicios Sociales, Andrea Ballesteros, participará mañana miércoles, 28 de junio, en la manifestación del Orgullo LGTBIQA+, según confirmaron hoy fuentes del equipo de gobierno municipal. La manifestación, convocada por la Asociación Espacio Seguro, partirá a las 20 horas de los exteriores del Teatro Principal para recordar las cuatro décadas de esta lucha, bajo el lema los ‘¡¡40 años de lucha por los derechos LGTBIQA+ en Burgos!!’. De este modo, aseguraron que “queda patente el respaldo de la regidora municipal al colectivo”, a cuyos representantes ha invitado a una recepción en las dependencias de Alcaldía, dentro de la ronda de contactos que inició nada más tomar posesión del cargo.

“Las puertas del Ayuntamiento de Burgos están abiertas para todos los colectivos, con el objetivo de que nos trasladen sus inquietudes y reivindicaciones y podamos trabajar juntos”, aseveró Ayala. Respecto a la colocación de la bandera arcoíris en la fachada de la Casa Consistorial, desde el equipo de Gobierno local avanzaron que este mandato se respetará tanto la legislación vigente, como la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS). Una normativa que prohíbe la colocación de insignias no oficiales en las construcciones de titularidad pública y que, en el caso de banderas, regula claramente cuáles deben ondear.

La sentencia 1163/2020 de la Sala Tercera del Alto Tribunal dictamina, de manera tajante, que se fija como doctrina que “no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás legal o estatutariamente instituidas”.

La ley que regula el uso de la bandera de España establece asimismo que “la bandera deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado”, además de que “será la única que se exhiba en las sedes de los órganos constitucionales del Estado”.