Así afecta la limitación de 30 km/h al 80% de las vías urbanas de Valladolid
Hoy entra en vigor la limitación de velocidad de 50 a 30 km/h en la mayoría de las calles de todas las ciudades de España, una reducción que afecta a las vías de un solo sentido o de un único carril por sentido. En Valladolid, afecta a cerca del del 80% de las 1.845 vías urbanas.
Sin embargo, en vías con dos o más carriles por sentido como el Paseo de Zorrilla, Isabel la Católica o la Avenida de Salamanca se podrá circular a 50 km/hora. Incumplir los nuevos límites está considerado como infracción grave o muy grave e implica una sanción de una multa de 100 a 600 euros y la pérdida de hasta seis puntos en el carné, según la velocidad.
Los límites de velocidad establecidos para vías urbanas y travesías, de acuerdo con la nueva redacción dada por el R.D. 970/2020 de 10 de noviembre se definen en función de cinco tipos de vías:
a) 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
b) 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
c) 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
5. 50 km/h en travesías.
6. 80 km/h en autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado
Con carácter general, las limitaciones de velocidad utilizadas en el término municipal, basadas en el objetivo de maximización de la seguridad vial teniendo en cuenta las características del viario, de las intersecciones, de visibilidad, de intensidad de movimientos de los diferentes tipos de usuarios, de la presencia de usuarios vulnerables, etc. son las siguientes:
- 50 km/h. Velocidad genérica de vía urbana.
- 40 km/h. Velocidad en viario local con visibilidad comprometida por
características de edificación, estacionamiento e intersecciones.
- 40 km/h. Velocidad en la aproximación a centros escolares.
- 30 km/h. Velocidad en entornos escolares.
- 30 km/h. Velocidad en entrada a glorietas sin regulación semafórica.
- 30 km/h. Velocidad en barrios con viario de baja capacidad y caracterizado por secciones reducidas tanto para la circulación como para el estacionamiento.
- 30 km/h. Velocidad en zonas a 30 para templado del tráfico.
- 20 km/h. Velocidad en calles residenciales reguladas mediante señal S-28 para templado del tráfico.
Existe también señalización específica a 25 km/h en algunas vías de servicio, a 10 km/h en determinados espacios de especial interés de protección por edificios singulares, zonas peatonales próximas, etc. pero son de escasa entidad cuantitativa.
De acuerdo con la regulación establecida en el R.D. 970/2020 y a efectos meramente enunciativos, se indican a continuación las limitaciones de velocidad a implantar en el viario municipal con carácter general, sin perjuicio de que circunstancias específicas debidamente motivadas justifiquen la modificación de la regla general con la utilización de otro tipo de limitación:
- 80 km/h en autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado (en Valladolid no existe ninguna de competencia municipal a excepción de la Avda. de Zamora y la calle Manuel Jiménez Alfaro, ambas integrantes de la denominada Ronda Interior, pero tienen limitada su velocidad a 50 km/h).
- 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
- 50 km/h en travesías o asimiladas (si bien la mayor parte de este tipo de vías se han convertido en vías urbanas mediante el correspondiente acuerdo de cesión entre la autoridad titular de la competencia y el
Ayuntamiento de Valladolid).
- 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
- 30 km/h en accesos a glorietas sin regulación semafórica.
- 30 km/h en vías del entorno y aproximación a centros escolares, centros de
personas mayores y otros espacios frecuentados habitual y mayoritariamente por usuarios vulnerables.
- 30 km/h en barrios y zonas de la ciudad cuyos usos, características constructivas, sociales y otras, recomienden esta actuación.
- 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera y/o cuyos usos, características constructivas, residenciales, sociales y otras, recomienden esta actuación. En aquellos casos en que, además de la característica constructiva de plataforma única, se establezca la prioridad peatonal, se instalarán las señales S-28 y S-29 para indicar el inicio y fin de la limitación de velocidad en sustitución de la R-301 a 20 km/h.