
Imagen de la Audiencia de Valladolid
Absuelto de estafa procesal y falsedad en documento tras una misteriosa firma y un polémico despido
La Fiscalía pedía para el acusado una pena de prisión de un año y seis meses.
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La Audiencia de Valladolid ha absuelto de los delitos de estafa procesal y falsedad en documento privado a J.A.S.E. que se enfrentaba a una pena de prisión de un año y seis meses, según la petición de la Fiscalía, tras la sentencia a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Castilla y León.
El juicio se celebraba el pasado martes, 4 de febrero, y el Ministerio Fiscal apuntaba que el acusado “elaboró él u otra persona, actuando de común acuerdo” un escrito en el que el trabajador “solicitaba el cese voluntario” en una empresa a fecha de 14 de julio de 2022 y en el que “había fingido la firma” para presentarla como prueba documental en el juicio del Juzgado de lo Social Número 1 de Valladolid.
La Fiscalía señalaba que la abogada del acusado, el 1 de febrero de 2023 en la vista oral del juicio, presentó el escrito que “había confeccionado el acusado como prueba documental con la finalidad de que en la sentencia de la magistrada se desestimara la demanda interpuesta por esta persona el 14 de septiembre de 2022”.
La víctima solicitaba al Juzgado que “se dictase sentencia en la que se declarara la nulidad del despido y condenase al acusado a la readmisión, al pago de la indemnización y subsidiariamente fuera declarado la improcedencia del mismo”.
Durante el juicio, el querellante manifestó que “nunca solicitó el cese voluntario en la empresa” sino que al llegar las vacaciones de verano de 2022, el jefe “le indicó verbalmente su despido y fue llamado para acudir a la empresa en agosto para recoger el finiquito, que se negó a firmar”.
Mientras tanto, el acusado sostenía “la autenticidad del documento referido y afirmaba que fue confeccionado por él mismo y “firmado por el trabajador a su presencia”.
En la sentencia, y después de diversas pruebas periciales caligráficas, se asegura que “no es posible declarar acreditados los hechos que constituían el núcleo de la acusación”, por lo que absuelve al empresario de estos delitos.