Tribunal Constitucional. Imagen de archivo de Europa Press.

Tribunal Constitucional. Imagen de archivo de Europa Press.

Andalucía

El Constitucional solo ve problemas en cuatro epígrafes de la Ley de Simplificación andaluza que recurrió el PSOE

Han anunciado la formulación de voto particular tres de los cuatro jueces que estaban encargado de la causa.

Más información: Las claves de la reducción de la burocracia andaluza: el silencio administrativo y la declaración responsable

Publicada

El Tribunal Constitucional ha estimado parcialmente el recurso del PSOE contra la Ley de Simplicación de la Junta de Andalucía. En la prática esto supone la anulación de varios puntos de la normativa, que se aprobó en 2020 cuando el PP aún gobernaba con Ciudadanos en coalición. Así, solo ve problemas en cuatro de los epígrafes de la ley, pero no en el resto del texto legal.

Así, la sentencia aborda el enjuiciamiento que los recurrentes dirigen frente a determinados preceptos del decreto-ley que, entienden, modifican normas reglamentarias, para concluir declarando la inconstitucionalidad y nulidad de aquellos preceptos en los que se aprecia que el gobierno andaluz no ha justificado específicamente, como exige la doctrina constitucional al efecto, la necesidad de acudir a la legislación de urgencia para llevar a cabo modificaciones de reglamentos.

Se trata, en concreto de los artículos 22 (sobre el régimen aplicable a los suelos contaminados), 23 del Reglamento de Vertidos al Dominio Público Hidráulico y al Dominio Público Marítimo-Terrestre y 25 sobre la regulación de Municipio Turístico de Andalucía.

La sentencia del Constitucional desestima, en cambio, la impugnación de otros, por entender que sí se contiene la necesaria justificación.

El Tribunal también declara inconstitucional y nulo el artículo 7 del Decreto-ley 2/2020, que reforma las funciones del Consejo Audiovisual de Andalucía, al apreciar el tribunal que ese precepto vulnera el Estatuto de Autonomía de Andalucía, que reserva a ley del Parlamento andaluz el régimen jurídico de aquella entidad, lo que veda su regulación mediante decreto-ley. Desestima en cambio la impugnación del artículo 28. El recurso se desestima en lo restante.

Voto particular

Han anunciado la formulación de voto particular la magistrada María Luisa Balaguer Callejón y los magistrados Ramón Sáez Valcárcel y Juan Carlos Campo Moreno. El magistrado ponente Enrique Arnaldo Alcubilla ha anunciado que formulará voto concurrente.

El Consejo de Gobierno de la Junta aprobó el 9 de marzo de 2020 -dos días antes de la declaración de la pandemia de Covid-19 por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS)- este decreto de simplificación que afectaba a 21 leyes y seis decretos e incluía un centenar de medidas, entre simplificación de procedimientos, eliminación de barreras o modificación de tasas, en ámbitos como el turismo, el comercio, la salud, la industria agroalimentaria, la pesca, el medio ambiente, el urbanismo, la energía, los servicios sociales y los de carácter audiovisual.

Desde el Gobierno de PP-A y Ciudadanos explicaron en su momento que esta reforma legal, coordinada por la entonces Consejería de Transformación Económica, se enmarcaba en el Plan para la Mejora de la Regulación Económica impulsado por la Junta en esa legislatura para "atraer inversiones y facilitar el acceso a la actividad productiva a emprendedores y empresas, simplificando y proporcionando seguridad jurídica, agilidad y una regulación más eficiente".

Diputación permanente

Pero según el PSOE, no concurrían "las circunstancias" que avalaran que esa normativa se aprobara mediante un decreto ley, porque no había "ni extrema ni urgente necesidad" para ello, y además, los socialistas criticaron que se hubiera convalidado en "un órgano con la representatividad de los ciudadanos mermada" como la Diputación Permanente del Parlamento, que permaneció activada durante el primer estado de alarma decretado por el Gobierno de España para contener la expansión de contagios de Covid-19, cuando se suspendió la actividad parlamentaria ordinaria.

El dictamen jurídico del recurso de los senadores socialistas contra el referido decreto ley fue obra de la catedrática experta en Derecho Constitucional Ana Carmona.