Feijóo rectifica a Casado: retira el recurso que pedía absolver a Bárcenas por la reforma de Génova
La Audiencia Nacional condenó al extesorero del PP a dos años de cárcel y al partido, a pagar 124.000 euros como partícipe lucrativo.
13 junio, 2022 11:57Noticias relacionadas
El PP, presidido por Alberto Núñez Feijóo, ha decidido retirar el recurso presentado ante el Tribunal Supremo el pasado abril por el partido que pedía anular la condena de dos años de cárcel que la Audiencia Nacional impuso a quien fuese el tesorero de la formación, Luis Bárcenas, por el abono mediante dinero negro de parte de la reforma de la sede nacional de la formación.
De esta forma, el Partido Popular buscaba también quedar exonerado del pago de casi 124.000 euros como responsable civil subsidiario por estos hechos; una condena derivada del delito atribuido a Bárcenas.
La retirada del recurso ha sido anunciada este lunes, pasadas las 13 horas, por el vicesecretario de Acción Institucional del PP, Esteban González Pons, que ha asegurado que la actual dirección no lo conocía, ya que la redacción y la decisión de interponerlo fueron obra de la anterior cúpula del partido, encabezada entonces por Pablo Casado.
Según ha sostenido Pons, dicho documento se redactó en noviembre y se presentó en los días previos al XX Congreso Nacional, celebrado de forma extraordinaria y en Sevilla los días 1 y 2 de abril. En dicho cónclave se eligió a Feijóo como nuevo líder de los conservadores.
El PP presentó inicialmente su recurso de casación ante el Tribunal Supremo, en el que pedía la absolución de Bárcenas, el pasado 28 de marzo; efectivamente, tres días antes del Congreso de Sevilla. Posteriormente, una vez se amplió el plazo para recurrir, el PP confirmó el 19 de abril su impugnación de la sentencia, ya con Alberto Núñez Feijóo al frente del partido.
"En este caso, la estrategia jurídica choca con la lógica política", ha indicado este lunes González Pons. "No lo conocíamos y, al conocerlo, no lo compartimos; por lo tanto, el comité de dirección ha decidido que ese recurso se retira hoy mismo", ha recalcado.
Por otro lado, fuentes próximas a Pablo Casado indican a EL ESPAÑOL que el expresidente nacional del PP "nunca" tuvo conocimiento de que los servicios jurídicos del partido habían presentado el recurso "ni dio orden de preparar nada".
De hecho, cuando se presentó el recurso, el pasado 28 de marzo, hacía casi un mes desde que había anunciado su retirada de la política y se mantenía al frente del partido "en funciones", reiteran las mismas fuentes. "La dirección anterior no tuvo que ver en este asunto; Casado no sabía nada", insisten.
Prescripción de los hechos
Entre otros extremos, el PP sostenía en su recurso ante el Supremo que la investigación contra el extesorero comenzó en 2014, cuando los hechos ya estaban prescritos. "Se ha procedido a una interpretación restrictiva de las normas que gobiernan la prescripción", indicaba.
"Sólo puede entenderse que se interrumpe la prescripción (...) cuando se le comunica [a Bárcenas] que se le atribuye la realización de una determinada conducta que es constitutiva de un determinado delito. Tal cosa se produjo en día 14 de abril de 2014 y ya no pudo interrumpir nada, porque la prescripción se había consolidado casi nueve meses antes", defendía la formación.
No obstante, el Partido Popular sí marcaba distancia con quien fuese el responsable de sus finanzas y aseguraba que los pagos en B para remodelar la sede se abonaron "sin el conocimiento y sin el consentimiento" de la formación. Y recalcaba que sólo Bárcenas conocía la existencia de esta contabilidad paralela a la oficial.
"Pagó parcialmente unas obras en oculto, en acto previo e irregular que tenía sus propias finalidades, como dar salida a dinero en B que él mismo gestionaba", rezaba el recurso, firmado por el abogado Jesús Santos.
"Acto soberano"
Pero, por otro lado, el PP desvinculaba a Bárcenas del delito fiscal cometido por Unifica, la empresa de arquitectura encargada de reformar el edificio, ubicado en la madrileña calle Génova. "El que después Unifica no reflejara ese ingreso constituye un acto plenamente propio, interno y soberano, enteramente en su esfera de dominio, enteramente en su ámbito de organización", sostenía el PP.
Y "calificar este aprovechamiento de una actuación previa de Bárcenas como acto de participación de este interviniente en el delito fiscal atribuido a Unifica contraviene el postulado de responsabilidad por los hechos propios como manifestación del principio de culpabilidad", añadía el escrito.
Además, según las cifras que destacaba el partido, el extesorero ayudó a dicha compañía a "eludir el pago de 93.135,12 euros", una vez descontado el coste de la reforma. Y al no ser superior a 120.000 euros, esta cantidad "no es constitutiva de delito" fiscal, recuerda la formación conservadora.
"La consideración en contra de la sentencia supone no sólo una flagrante injusticia tributaria, sino ahora una flagrante injusticia penal", reprochaba la defensa del PP.
Por todo ello, el partido optó por recurrir en casación ante el Alto Tribunal para solicitar que dictara una sentencia que absuelva a su extesorero, lo que supondría la exoneración del propio partido, al haber sido condenado por una responsabilidad civil —la única posible hasta la reforma del Código Penal en 2015— derivada del delito atribuido a Luis Bárcenas.
En el juicio que condenó a Bárcenas a dos años de cárcel y al PP, a pagar 124.000 euros a Hacienda como partícipe a título lucrativo, declararon, como testigos, entre otros, los expresidentes del Gobierno Mariano Rajoy y José María Aznar.