El líder del PP,  Alberto Núñez Feijoó, junto al presidente del Senado, Pedro Rollán.

El líder del PP, Alberto Núñez Feijoó, junto al presidente del Senado, Pedro Rollán. EP

Tribunales TC

El TC tumbará la reforma del reglamento del Senado que permitió al PP retrasar la amnistía del 'procés'

El ponente, Juan Carlos Campo, propone estimar el recurso de los senadores del PSOE y declarar inconstitucional que la Mesa de la Cámara Alta pueda decidir si aplica o no el trámite de urgencia a las proposiciones de ley.

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El Tribunal Constitucional se dispone a tumbar esta semana la reforma del Reglamento del Senado que permitió al PP, con mayoría absoluta en esta Cámara, ampliar de 20 días a dos meses la tramitación de la ley de amnistía.

Una ponencia que el pleno del TC tiene previsto debatir como último punto del orden del día del pleno que comienza mañana propone estimar el recurso interpuesto por los senadores del PSOE y declarar inconstitucional y nulo el nuevo artículo 133.2 del Reglamento de la Cámara Alta.

El precepto pasó a establecer que, en el caso de las proposiciones de ley provenientes del Congreso, la Mesa del Senado puede decidir en cada caso si se tramitan o no por la vía de urgencia, con independencia de lo decidido previamente al respecto por la Cámara Baja.

La reforma se aprobó el 14 de noviembre de 2023, nueve días antes de que se registrara en el Congreso la proposición de ley del Grupo Socialista para amnistiar las responsabilidades penales y contables del proceso independentista catalán de 2017, proposición a la que se otorgó el trámite de urgencia.

El Senado hizo una distinción entre proyectos de ley y proposiciones de ley (nunca realizada hasta entonces) e interpretó que el artículo 90.3 de la Constitución ("El plazo de dos meses de que el Senado dispone para vetar o enmendar el proyecto se reducirá al de veinte días naturales en los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados") se refería exclusivamente a los primeros pero no a las segundas.

Consideró, así, que había una "laguna constitucional" respecto a la declaración de urgencia de las proposiciones de ley que debía ser colmada por el Reglamento de la Cámara, en el ejercicio de su autonomía normativa.

El Reglamento contiene desde entonces una redacción según la cual "en las proposiciones de ley, la Mesa del Senado podrá decidir la aplicación del procedimiento de urgencia cuando así lo solicite el Gobierno o el Congreso de los Diputados, o también actuando de oficio o a propuesta de un Grupo parlamentario o de veinticinco senadores".

Éste es el precepto que el ponente del caso, el magistrado Juan Carlos Campo, propone declarar nulo por considerar que, en cuanto que confiere con carácter exclusivo a la Mesa del Senado la facultad de decidir si aplica o no el procedimiento de urgencia a las proposiciones de ley, vulnera el artículo 90.3 de la Constitución.

Según fuentes del TC, la ponencia sostiene que la expresión "proyectos" que utiliza ese precepto constitucional abarca todos los textos legislativos inicialmente examinados y aprobados por el Congreso de los Diputados, sea cual sea el tipo de iniciativa.

Ello es así, argumenta, por una interpretación sistemática del precepto en su conjunto; por la preeminencia del Congreso sobre el Senado, que actúa como Cámara de segunda lectura legislativa, y porque no existe una previsión constitucional que dé o pueda dar cobertura a un distinto alcance e intensidad de la capacidad colegisladora del Senado en atención al tipo de iniciativa que se encuentre en el origen del texto legislativo remitido por el Congreso al Senado.

La declaración de inconstitucionalidad de la reforma promovida por el PP, de confirmarse por el pleno del TC, no afectará a la tramitación de las proposiciones a las que esa modificación se aplicó. Entre ellas estuvo la ley de amnistía, que entró en el Senado a finales de marzo y que, de acuerdo con el procedimiento de urgencia establecido por el Congreso, hubiera debido terminar su tramitación en la Cámara Alta a mediados de abril, cuando en realidad no fue devuelta a la Cámara Baja hasta el 16 de mayo.