
Montaje de una persona haciendo la declaración con el logo de la Agencia Tributaria.
Declaración de la Renta 2025: estos son todos los cambios clave que los contribuyentes deben conocer
Te contamos cuáles son las novedades que presenta este año la declaración de la Renta para evitar posibles reclamaciones futuras de Hacienda.
Más información: Confirmado por Hacienda: estas personas no están obligadas a presentar la declaración de la Renta en 2025
Un año más, Hacienda llama a la puerta de los contribuyentes. Será a partir del 2 de abril y hasta el 30 de junio. Antes de que llegue el 30 de junio hay otras fechas importantes que tener en cuenta.
Así, la Agencia Tributaria abre el servicio de atención telefónica el 6 de mayo. Y, unas semanas más tarde, a partir del 1 de junio, pone en marcha el servicio de atención presencial en oficinas. Otro día que conviene subrayar en el calendario es el 25 de junio: será el último en el que podrán presentarse las declaraciones con resultado a ingresar que quieran domiciliarse.
Pero más allá de plazos, hay una serie de novedades que deben ser tenidas en cuenta. A continuación, y de la mano de TaxDown, te señalamos cuáles son las más importantes.
¿Cuáles son las principales novedades para la Renta 2025?
Las personas que tienen la obligación de presentar la declaración este año han cambiado. El año pasado ya estaban obligados quienes cobraban el Ingreso Mínimo Vital y todos los autónomos, aunque no cumplieran los mínimos.
En principio, este 2025 debían sumarse las personas que recibían una prestación del SEPE aunque no cumplieran los mínimos. Sin embargo, la media ha decaído.
Además, el límite de dos pagadores cambia. Antes estaban obligados los que cobraban un mínimo de 15.000 euros, pero este año cambia a 15.876 euros. “En el caso de haber tenido un único pagador, el mínimo será de 22.000 euros, algo que no cambia con respecto a años anteriores”, afirma Paula Urcera, responsable del área fiscal de TaxDown.
Asimismo, este año también hay cambios en las reducciones por alquiler de vivienda. Hasta ahora, los propietarios de viviendas en alquiler con contratos superiores a un año contaban con una única reducción del 60%. Es decir, sólo tributaban por el 40% de sus ingresos finales, restando los gastos derivados de ese alquiler.
“Esa reducción baja este año para el 50% en la mayoría de los casos aunque hay casos excepcionales en los que podrían beneficiarse de reducciones hasta el 90%”, resalta la responsable del área fiscal de TaxDown.
Otra gran novedad es que las donaciones aumentan para esta campaña de la Renta sus beneficios fiscales. A diferencia del año anterior, en el que se podían deducir el 80% de los primeros 150 euros donados, esta cifra pasa a ser ahora de 250 euros.
“También aumenta el porcentaje de deducción del 35% al 40% para lo que se done por encima de esos 250 euros, y del 40% al 45% si hemos donado a la misma entidad durante varios años seguidos”, explica Paula Urcera.
Los contribuyentes también deben tener en cuenta que la Agencia Tributaria va a intensificar su control sobre la economía digital en la próxima campaña de la Renta. Así, este año, se pondrá especial atención en los ingresos generados a través de plataformas de compraventa de segunda mano, alquiler de viviendas y vehículos, prestación de servicios personales y transacciones con criptomonedas.
Este control más estricto tiene implicaciones directas para miles de contribuyentes que generan ingresos en la economía digital:
- Los propietarios que alquilan inmuebles en plataformas digitales deberán asegurarse de declarar correctamente sus ingresos. Hacienda tendrá acceso a datos precisos sobre cada transacción, incluyendo número de días alquilados y la cantidad percibida.
- Los vendedores de productos de segunda mano podrán recibir requerimientos si superan más de 30 ventas o ingresos superiores a 2.000 euros.
- Profesionales y autónomos que ofrecen servicios en plataformas digitales deberán tributar por los ingresos obtenidos y reflejarlos en su declaración