Zonas grises en las medidas laborales
Por fin llegaron las anheladas medidas en el plano laboral. Ciertamente, se han abordado muchas cuestiones que se venían reclamando al Ejecutivo desde sindicatos y patronales. Siempre habrá puntos de disconformidad, siempre se podrá debatir si llegan con retraso. Pero es momento de ser muy práctico.
Ante la pluralidad de las medidas, me centraré en las que están siendo más demandadas, comentadas y, como veremos en días venideros, ejecutadas.
En aquellos modelos de negocio (muchos) donde el trabajo en remoto no es viable o no es tecnológicamente asumible y, efectivamente la actividad se haya visto total o parcialmente bloqueada, se ha puesto un foco especial en las causas de fuerza mayor (hasta ahora de aplicación más compleja o limitada) para vincular directamente la pérdida de productividad con la existencia de una causa de fuerza mayor derivada del Covid-19.
Cuando esta vinculación no sea posible, se han acortado notablemente los plazos de tramitación del ERTE (expediente de regulación temporal de empleo) por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Y es de agradecer. También se han abordado tres cuestiones nucleares: la percepción de prestación por desempleo mientras dure la medida (ojo, que no el estado de alarma. Importante); dicha prestación no mermará otras futuras ante la pérdida del empleo y la exoneración de contar con un período mínimo de carencia para su percepción.
Llama la atención, a diferencia de lo que sucedió en regulaciones similares en 2008 y años posteriores, que no hay limitación temporal (en días) a la percepción del desempleo sin merma de prestación futura y que pese a establecer un compromiso de seis meses en la posterior estabilidad en el empleo no hace la más mínima mención a las consecuencias de un potencial incumplimiento.
Algo de lo que se ha hablado mucho en las últimas horas es del aluvión de ERTEs que ya se han comunicado y los que se comunicarán en los próximos días. Pero, nadie ha hablado, o por lo menos no con la misma intensidad, sobre la impugnabilidad de las medidas que adopten las empresas. Aquí encuentro una gran sombra. Una falta de honestidad en esa afirmación realizada por Pedro Sánchez: “El Gobierno acompañará a las empresas que no despidan”.
Una falta de seguridad jurídica para las empresas. Máxime, en los casos de fuerza mayor, en los que no existe período de consultas sino exclusivamente el reconocimiento de la autoridad laboral de su existencia. Posteriormente, el empresario es quien dibuja y ejecuta unilateralmente la medida. Medida que, en aplicación de lo dispuesto en el art. 47 del Estatuto de los Trabajadores es impugnable ante la jurisdicción social.
Encuentro una falta de honestidad en esa afirmación realizada por Sánchez: “El Gobierno acompañará a las empresas que no despidan”
Ello, ¿a qué nos conduce? Deberán ser los agentes involucrados los que demuestren coherencia y compromiso. Es aconsejable poner en común y remar en la misma dirección. Todos sufrirán impactos en este tránsito, sí. Pero si se evitan mayores controversias todos perderán lo mínimo posible. Es aconsejable, aun en casos de fuerza mayor, alcanzar algún acuerdo entre empresario y trabajadores. La situación es altamente compleja como para introducir más factores de dificultad.
No quería dejar de apuntar otra medida que genera incertidumbre. La facultad de los trabajadores para reducir (hasta el 100%) su jornada o solicitar una adaptación de la misma. Si esto se produce tras haberse adoptado medidas de reducción/suspensión parciales, que requieren la elaboración de complejos calendarios y planificaciones, pueden desbaratar e inutilizar completamente todo ese trabajo de la empresa y de los representantes de los trabajadores (o de la empresa, en supuestos de fuerza mayor). El origen de todas estas medidas (la pandemia global) es un presupuesto de incertidumbre, por lo que se echan en falta herramientas para adaptar la medida en el transcurso de su ejecución.
En definitiva, tarde y con ausencias e inseguridades muy importantes. Así le resulta a uno imposible salir de este perpetuo estado de frustración.
*** Ignacio Moratilla es socio Laboral de Lexpal Abogados.