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Sociedad

Confirmado por Hacienda: estas personas no están obligadas a presentar la declaración de la Renta en 2025

Te contamos qué contribuyentes deberán cumplir con Hacienda y cuáles estarán exentos de hacerlo.

Más información: Hacienda lo confirma: estas son las fechas para presentar la declaración de la renta de 2024

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Queda menos de un mes para que arranque la declaración de la Renta de 2025. Una campaña que dará el pistoletazo de salida el próximo 2 de abril y que echará la bandera a cuadros el 30 de junio.

Para no perder la costumbre, son muchos los ciudadanos que se preguntan si tienen que presentarla o no. Recordemos que son varios los supuestos en los que el contribuyente sí estará obligado. Por ejemplo, si el salario recibido de un único pagador supera los 22.000 euros. O si esa cantidad es de 15.876 euros en el caso de que haya habido más de un pagador.

Además, la campaña 2024-2025 presenta otra serie de novedades. Por ejemplo, los contribuyentes deben tener en cuenta que aumentará la reducción por rendimientos del trabajo. Así, pasará de 6.498 euros a 7.302 euros. Dicho de otra manera, gracias a esta medida los contribuyentes podrán reducir más su base imponible.

¿En qué otros casos hay que presentar la declaración?

También deberán hacer bueno el dicho de que 'Hacienda somos todos' los autónomos, sin importar cuáles hayan sido sus ingresos, según cuentan en TaxDown. O si la persona ha recibido el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

En el caso de haber recibido una prestación del SEPE durante 2024, y aunque no se cumplan los mínimos, también deberán presentarla. Da igual el número de días. Se trata de otra de las novedades en 2025.

¿Más supuestos? Si la persona ha ganado más de 1.600 euros anuales por rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sujetas a retención en España. O si ha ganado más de 1.000 euros por tener el inmueble vacío, y ayudas o subvenciones del Gobierno o por beneficios de inversiones en Letras del Tesoro.

Por último, también deberán presentarla aquellos que hayan obtenido más de 1.000 euros por rendimientos de actividades económicas (trabajos de autónomo) o alquiler de una vivienda. O una ganancia patrimonial no sujeta a retención, como la venta de criptomonedas, por ejemplo.

¿Quiénes no deben hacer la declaración de la Renta?

La respuesta a esta pregunta es muy fácil: aquellas personas que no reúnan ninguna de las condiciones anteriormente reseñadas.

"Hay que tener en cuenta que si has estado en paro, además de obligarte a hacer la declaración de la renta, también se considera como un pagador adicional", recuerdan desde TaxDown. "Además de estos límites tampoco puedes tener más de 1.500 euros de ingresos de otras fuentes".

Como ya se ha dicho, los parados que cobren la prestación por desempleo sí tendrán que presentar la declaración de manera obligatoria en 2025. ¿Qué puede pasar si no lo hacen? Pues que podrían perder la ayuda.

Y será obligatorio para todas aquellas personas que reciban la prestación, cumplan o no con el importe mínimo para hacerla. Recordemos: 15.876 euros. Así aparece recogido en el real decreto ley de 21 de mayo de 2024. Eso sí, desde el Ministerio de Trabajo han matizado que se trata de una obligación documental, no supone que tengan que contribuir a Hacienda.

Si se echa la vista atrás, aquellas personas paradas que recibían el subsidio por desempleo no tenían la obligación de presentar la declaración siempre y cuando sus ingresos no superasen los 22.000 euros anuales. O, en su caso, si eran de 15.000 euros al tener dos o más pagadores.

Gracias a estas modificaciones, alrededor de 5,2 millones de personas podrán beneficiarse no sólo de una menor tributación, sino que también se sumarán a la lista de aquellos que están exentos del pago del IRPF.