Guardia Civil en un control de velocidad en carretera.

Guardia Civil en un control de velocidad en carretera.

Motor

La Guardia Civil avisa: esta es la sorprendente velocidad real a la que multan los radares en las carreteras españolas

Este es el margen de error que contemplan en su mayoría muchos de los radares de velocidad en España y que está regulado por ley.

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Los radares de la Dirección General de Tráfico (DGT), distribuidos en numerosos puntos de las carreteras de España, tienen como objetivo garantizar la seguridad vial de los conductores. Estos dispositivos desempeñan un papel clave en la detección de infracciones en zonas propensas a accidentes, como excesos de velocidad, uso del móvil al volante y la falta del cinturón de seguridad, entre otras.

En concreto, el año 2025 comenzó con el anuncio de la instalación de 122 nuevos radares por parte de la DGT, coincidiendo con el vigésimo aniversario del primer plan de radares fijos en España. La mayoría de estos dispositivos están destinados a controlar y prevenir el exceso de velocidad en las carreteras del país.

Sin embargo, a diferencia de lo que muchos conductores creen, estos radares no miden la velocidad con total exactitud. De hecho, cuentan con un margen de error establecido por normativa, lo que significa que no sancionan inmediatamente a quienes superan ligeramente el límite permitido.

Esto implica que, si se circula por encima de la velocidad máxima de la vía (por ejemplo, 91 o 121 km/h), es posible que no se reciba una sanción. Pero, ¿cuál es el margen exacto antes de una posible multa? Lo cierto es que cada tipo de radar tiene un margen de error específico, lo que genera una ligera diferencia entre la velocidad real del vehículo y la registrada por el dispositivo. En consecuencia, las sanciones sólo se aplican cuando se supera realmente el límite permitido, descontando dicho margen.

En concreto, la Orden ICT/155/2020, del 7 de febrero, regula el control metrológico de los instrumentos de medición empleados por la DGT. Esta normativa, en vigor desde 2020, establece tres márgenes de error habituales en los radares: 3 , 5 y 7%. En el caso de los dispositivos más recientes, el margen de error suele ser menor para garantizar la mayor precisión posible. Los radares fijos y de tramo cuentan con una tolerancia del 3%, mientras que los radares móviles tienen un margen del 5%, lo que equivale aproximadamente a 3 km/h y 5 km/h, respectivamente.

A qué velocidad real saltan los radares de la DGT

Los radares de tráfico no multan automáticamente en cuanto un vehículo supera el límite de velocidad establecido, ya que cuentan con ese margen de error que varía según el tipo de radar y la velocidad de la vía. Este margen de tolerancia se debe a la necesidad de evitar sanciones injustas derivadas de posibles imprecisiones en la medición. Sin embargo, es importante conocer a partir de qué velocidad real estos dispositivos empiezan a registrar infracciones.

Los radares fijos aplican una tolerancia de 5 km/h en carreteras donde el límite es de 100 km/h o menos. Esto significa que, en una vía con un máximo de 100 km/h, el radar solo saltará si el vehículo alcanza los 105 km/h. En cambio, si el límite es superior a 100 km/h, el margen de error pasa a ser del 5%, lo que implica que en una carretera con un tope de 110 km/h, la sanción se activará a partir de los 115 km/h, mientras que en una de 120 km/h, la infracción se registrará a partir de los 126 km/h.

Por otro lado, los radares móviles cuentan con un margen de error mayor. Si la velocidad máxima permitida es de 100 km/h o menos, la tolerancia se sitúa en 7 km/h, es decir, el radar no se activará hasta que el vehículo supere los 107 km/h. En vías donde el límite es superior a 100 km/h, el umbral de activación sube un 7%, lo que significa que en una carretera de 100 km/h, el radar saltará a 117,7 km/h, mientras que en una de 120 km/h lo hará a 128,4 km/h.

En el caso de los radares de tramo y los drones, el margen de error es más reducido. Para velocidades inferiores a 100 km/h, la tolerancia es de 3 %, por lo que en una carretera con un límite de 90 km/h, el radar se activará a partir de 93 km/h. Si la velocidad permitida es mayor de 100 km/h, la tolerancia se aplica en forma de un 3% adicional.

Finalmente, el helicóptero Pegasus, utilizado por la Dirección General de Tráfico (DGT) para vigilar desde el aire, también dispone de un margen de error. En este caso, la tolerancia es de 5 km/h para velocidades iguales o inferiores a 100 km/h y del 5% para límites superiores.